escrito información padres COVID PUESTA en funcionamiento del club (17 paginas)

COMUNICADO PUESTA EN MARCHA DE LAS ACTIVIDADES CURSO 2020-2021

Estimadas familias, deportistas, amig@s, FAMILIA DEL JUDOLORCA,

Como todos sabéis la situación ocasionada por el CORONAVIRUS (COVID-19) ha ocasionado un gran desbarajuste en todas nuestras vidas dando lugar a los escenarios más extraños que nos podríamos haber imaginado antes de la llegada del dichoso VIRUS.

El club tuvo que cerrar de un día para otro como tantas otras actividades deportivas y profesionales, empresas, etc. y aún nos estamos recuperando. A pesar de todo, y aunque no lo haya parecido, los responsables del club hemos seguido moviéndonos en función de nuestras posibilidades (aunque no hemos sabido movernos como otros, sobre todo en las redes sociales, debido a nuestras circunstancias personales) buscando que el trabajo de tantos años no se viera afectado tanto como nos tememos que puede ser.

El judo tiene unas características especiales para su práctica que siendo las mismas que han hecho que amemos este gran deporte, a la vez, son las que nos han impedido iniciar esa “NUEVA NORMALIDAD” que estamos viviendo ya en el resto de las facetas de nuestras vidas.

Es una pena que otros deportes hayan podido iniciar sus clases, entrenamientos e incluso campeonatos y nosotros, por ser un deporte de contacto, no tengamos esa misma posibilidad.

Desde la Dirección General de Deportes de la Comunidad Autónoma, se ha pretendido que todos los deportes de la Región de Murcia sean considerados iguales y se ha establecido una norma que ha pretendido que todos iniciemos las actividades a la misma vez siguiendo una serie de protocolos  de seguridad ante los entrenamientos y de contingencia en caso de que hubiera  algún positivo entre algún componente de la gran familia que formamos este club.

Todos ellos van a ser explicados más abajo.

Nos ponemos en contacto con vosotros para informaros de:

1.- Después de diferentes reuniones mantenidas con la Concejalía de Deportes del Excmo. Ayuntamiento de Lorca, Junta directiva de la Federación de Judo y DDAA (deportes asociados) de la Región de Murcia y Junta Directiva y responsables del club, y siempre que las circunstancias y normativa SANITARIA no sufriera modificación desde la fecha de este comunicado, se ha llegado a los siguientes acuerdos:

A.- Las clases de judo COMENZARÁN para TODOS LOS DEPORTISTAS:

ÚNICO LUGAR: Complejo Deportivo Felipa VI

FECHA DE INICIO: Jueves 1 de Octubre de 2020.

Horarios de las clases: POR CONFIRMAR.

LAS CLASES DURARÁN 45’ mientras se mantenga esta situación puesto que 15’ (minutos) será el tiempo que se dedicará a desinfectar la instalación entre clase y clase.

Las clases de la CASA DEL DEPORTE que se hacían en martes y jueves PASAN al FELIPE VI

Ante las nuevas circunstancias SANITARIAS y de AFORO y otros criterios como seguridad ante evacuaciones, calidad de los servicios, higiene/aseo de los deportistas y buscando el bien COMÚN la SALA de JUDO del sótano de la CASA DEL DEPORTE será desmantelada y la SALA POLIVALENTE (sala de judo) del Complejo D. Felipe VI será habilitada y mejorada para que en octubre podamos iniciar las clases en unas condiciones lo más óptimas posible y adaptadas a las NUEVAS CIRCUNSTANCIAS.

2.- Protocolos de seguridad y contingencia.

El Complejo Deportivo Felipe VI tiene una normativa HIGIÉNICO-SANITARIA de uso de instalaciones a la que deben ceñirse todas las personas que hagan uso de ellas y esto incluye la Sala de JUDO que, además de las propias de la instalación deberán cumplir aquellas derivadas de los protocolos de Seguridad en los entrenamientos y contingencia elaborados por la federación correspondiente.

Se adjuntan los enlaces a los documentos para tener un mejor conocimiento de ellos y poder imprimirlos.

Protocolo DE ENTRADA AL COMPLEJO FELIPE VI. (Página 1 en caso del judo.) https://deportes.lorca.es/pdfagenda/NORMATIVA%20NUEVA%20NORMALIDAD%20CD%20FELIPE%20VI.pdf

Resolución de 19 de junio de 2020, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia y Hacienda […] relativo a las medidas de prevención y contención aplicables en la Región de Murcia para afrontar la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, tras la finalización del estado de alarma y para la fase de reactivación.

Guía rápida plan básico de entrenamiento para clubes. https://1drv.ms/b/s!ArUAqOpW7FBQgbB9SnQwh_agG6fB1w

 

MUY IMPORTANTE:

15 días antes de iniciarse las clases, los deportistas deberán presentar al club el siguiente documento llamado:

1.-  ANEXO I. Consentimiento informado Deportistas federados (para mayores o menores de edad) TODOS LOS DEPORTISTAS FEDERADOS

2.- ANEXO II. Consentimiento informado y autorización federados MENORES DE EDAD 2020 – A2

 

Los deportistas MENORES DE EDAD DEBERÁN RELLENAR LOS  ANEXOS I y II.

 

AQUELLOS DEPORTISTAS QUE NO CUMPLIMENTEN LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS, NO PODRÁN ACCEDER A LA INSTALACIÓN NI A LOS ENTRENAMIENTOS

 

Los deportistas NO FEDERADOS:

3.- Anexo III. Consentimiento informado DEPORTISTAS NO FEDERADOS 2020-2021 – ANEXO III PONER ENLACE A ESOS DOCUMENTOS PARA QUE LOS DESCARGUEN

 

4.- Anexo IV. Consentimiento informado y autorización DEPORTISTAS NO FEDERADOS MENORES DE EDAD 2020 – Anexo IV. PONER ENLACE A ESOS DOCUMENTOS PARA QUE LOS DESCARGUEN.

 

AQUELLOS DEPORTISTAS QUE NO CUMPLIMENTEN LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS, NO PODRÁN ACCEDER A LA INSTALACIÓN NI A LOS ENTRENAMIENTOS

 

 

 

 

3.- Los deportistas no federados, deberán cumplimentar los siguientes documentos:

  1. Anexo III. Consentimiento informado DEPORTISTAS NO FEDERADOS 2020-2021 – ANEXO III PONER ENLACE A ESOS DOCUMENTOS PARA QUE LOS DESCARGUEN
  2. Anexo IV. Consentimiento informado y autorización DEPORTISTAS NO FEDERADOS MENORES DE EDAD 2020 – Anexo IV. PONER ENLACE A ESOS DOCUMENTOS PARA QUE LOS DESCARGUEN

 

A continuación aparecen los modelos de esos documentos para NO FEDERADOS.

 

AQUELLOS DEPORTISTAS QUE NO CUMPLIMENTEN LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS, NO PODRÁN ACCEDER A LA INSTALACIÓN NI A LOS ENTRENAMIENTOS

 

 

AQUELLOS DEPORTISTAS QUE NO CUMPLIMENTEN LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS, NO PODRÁN ACCEDER A LA INSTALACIÓN NI A LOS ENTRENAMIENTOS

 

Además, y con el fin de poder elaborar los horarios más adecuados para el uso de la instalación con las mejores garantías de salud (COVID-19), siguiendo los protocolos de la instalación (Complejo Deportivo FELIPE VI) y de la Federación de Judo y DA de la Región de Murcia (FJRM) os rogamos que nos hagáis llegar por whatsapp o email vuestro deseo de continuar o no con nosotros en el club.

De esta manera podremos programar los horarios y los grupos “burbuja” de deportistas para iniciar la temporada en las mejores condiciones posibles para todos nosotros.

 

Os adjuntamos además, el protocolo de USO de LA INSTALACIÓN (Complejo y Sala de Judo) y el protocolo de seguridad ante el COVID elaborado por la FEDERACIÓN DE JUDO de la Región de Murcia y al que se ha adherido el CLUB.

 

Debido a que el club es una entidad federada y forma parte de la FEDERACIÓN (murciana y española de judo) debemos someternos a estos protocolos todos los deportistas del club.

En estos tiempos, es más que aconsejable que los deportistas estén FEDERADOS y más ahora. El seguro deportivo, las garantías de la instalación, de ser un centro homologado por la Federación Española y reconocido por el Consejo Superior de Deportes con profesores titulados y colegiados ACONSEJA que todos los deportistas estén FEDERADOS.

De esta manera todos somos más fuertes ante los problemas.

 

Esta es la normativa elaborada por la FEDERACIÓN DE JUDO Y DEPORTES ASOCIADOS (D.A.) DE LA REGIÓN DE MURCIA y es por la que se debe regir el club por estar federado y homologado.

Dentro de las medidas recomendadas, aquellas que aparecen marcadas en color son aquellas que va a segur el club para llevarlas a cabo.

Aspectos generales del Plan Básico de Entrenamiento y del Plan de Contingencia

 

– La normativa del Plan Básico de Entrenamiento y del Plan de Contingencia están supeditados a las normas de las Administraciones competentes, que tienen autoridad y rango superior.

– Lo dictaminado en estos planes es de obligado cumplimiento para los clubes afiliados, entrenadores y árbitros colegiados y deportistas federados. Todos ellos han de tener licencia deportiva en vigor para la práctica en las instalaciones que hayan sido informadas a la Federación. No es aplicable a entrenadores no colegiados ni a los deportistas que participen en sus sesiones de entrenamiento (aunque entre ellos haya deportistas federados); tampoco será de aplicación para los clubes que no estén afiliados ni para los deportistas no federados (aunque estén entrenando junto a deportistas federados). En esos últimos casos no debe considerarse deporte federado.

– Ambos planes deben mantenerse hasta nuevas instrucciones o que la Administración dictamine un cambio en la normativa aplicable.

– Debido a la situación cambiante por la evolución de la pandemia provocada por el COVID19, ambos planes son revisables, modificables y actualizables en cualquier momento. Sus actualizaciones se publicarán en la web www.judomurcia.com y el primer modelo se comunicará a la Dirección General de Deportes y a los clubes para su difusión a entrenadores, árbitros y deportistas federados.

 

PLAN BÁSICO DE ENTRENAMIENTO

 

El Plan Básico de Entrenamiento contiene una redacción general para las actividades periódicas y habituales que puedan desarrollarse en los clubes (los entrenamientos).

Se debe entender como entrenamiento en los clubes las actividades físicas, técnicas o tácticas realizadas de forma periódica y habitual en la misma instalación (sala o gimnasio cerrado) en ausencia de público.

Por otro lado se redactarán planes específicos para situaciones como los entrenamientos federativos (como puede ser los entrenamientos de Tecnificación), las aulas de formación, las competiciones y los festivales deportivos y las visitas a la sede de la oficina federativa.

Los eventos como competiciones y festivales requieren, además, una autorización expresa de la Dirección General de Deportes.

La normativa del Plan Básico de Entrenamiento se desarrolla con 2 niveles de cumplimiento:

– Medidas obligatorias: son las actuaciones que han de cumplirse de forma necesaria.

– Medidas recomendadas: son actuaciones que mejoran las garantías higiénicas, sanitarias y de control pero cuyo cumplimento no es obligatorio.

 

Etapas del Plan Básico de Entrenamiento:

 

  1. Antes de iniciar el periodo de entrenamientos (dentro de los 15 días previos al primer entrenamiento de la temporada del club tras la publicación de este Plan Básico de Entrenamiento).

 

  1. En cada jornada de entrenamiento (en la misma jornada puede haber varias sesiones y/o varios grupos de deportistas):

 

2.1. Antes de la sesión de entrenamiento.

 

2.2. Durante la sesión de entrenamiento.

 

2.3. Después de la sesión de entrenamiento.

 

ETAPAS DEL PLAN BÁSICO DE ENTRENAMIENTO
1. Antes de iniciar el periodo de entrenamientos (dentro de los 15 días previos al primer entrenamiento del club, entrenador o deportista tras la publicación de este Plan Básico de Entrenamiento).
Medidas obligatorias Medidas recomendadas
 

– Declaración del club sobre buenas prácticas (según modelo facilitado al efecto) y designará una persona responsable de los planes básico de entrenamiento y de contingencia. Este documento quedará en custodia del club, que enviará una copia (en papel o digitalizada) a la Federación.

– Declaración responsable del entrenador sobre buenas prácticas y ausencia de sintomatología (según modelo facilitado al efecto). Este documento quedará en custodia del club, que enviará una copia (en papel o digitalizada) a la Federación.

– Declaración responsable del deportista (padres o tutores legales en caso de ser menor de edad) sobre buenas prácticas y ausencia de sintomatología. Este documento se unificará con el de consentimiento para el tratamiento de datos y la autorización de fotografías y grabaciones en las actividades federativas para promoción, investigación y difusión del deporte o disciplina (según modelo facilitado al efecto). Este documento quedará en custodia del club, que enviará una copia (en papel o digitalizada) a la Federación.

 

Test PCR del entrenador.

 

2. En cada jornada de entrenamiento.
2.1. Antes de la sesión de entrenamiento.
Medidas obligatorias Medidas recomendadas
 

– Disponer de una lista de deportistas para el control diario del horario y grupo (y si procede, de los subgrupos) de asistentes. Esta lista quedará en custodia del club, deberá mantenerse hasta 1 mes tras la finalización de la temporada 2020-2021 y podrá ser requerido por las autoridades deportivas o sanitarias. (A este efecto se considera que esta temporada comienza el 1 de julio de 2020 y finaliza el 30 de agosto de 2021, por lo que las listas deberán custodiarse hasta el 30 de septiembre de 2021).

– Disponer de un registro de control diario de limpieza de la instalación con indicación de fecha, hora, tipo de limpieza, producto utilizado (ventilación, desinfección…) y firma del responsable. Este registro quedará en custodia del club, deberá mantenerse hasta 1 mes tras la finalización de la temporada 2020-2021 y podrá ser requerido por las autoridades deportivas o sanitarias. (A este efecto se considera que esta temporada comienza el 1 de julio de 2020 y finaliza el 30 de agosto de 2021, por lo que las listas deberán custodiarse hasta el 30 de septiembre de 2021).

– Todas las instalaciones que puedan estar en contacto con los usuarios, tales como aseos, vestuarios, zona de duchas y/o enfermería deberán limpiarse y desinfectarse como mínimo dos veces al día, pudiendo aumentar esta frecuencia dependiendo de la intensidad de uso de las mismas. Deberán ventilarse los espacios cerrados antes y al final del día.

– Se dispondrá de papeleras cerradas y con accionamiento no manual, para depositar paños y cualquier otro material desechable, que se deberán limpiar de forma frecuente, y, por lo menos, una vez al día. Asimismo, estas papeleras deberían contar con bolsa desechable que se cambie al menos una vez al día.

– Habilitar espacios para situar las bolsas o el material de deporte.

– Es obligatorio el uso de calzado de agua en vestuarios y duchas. Es obligatorio el uso de calzado en los aseos.

– Descalzarse cada vez que se entre a la sala de entrenamiento (“tatamis”) y calzarse al salir.

– Antes de entrar y al salir del espacio del espacio asignado de entrenamiento, deberá realizarse limpieza de manos con los hidrogeles que deberán estar disponibles en los espacios habilitados al efecto.

 

– Limpieza de la instalación y elementos con nebulizador-pulverizador desinfectante (suelo, paredes, mobiliario y materiales fijos y móviles).

– Evitar el uso de vestuarios, especialmente los menores de 12 años (se recomienda que acudan al lugar de entrenamiento ya vestidos con la ropa deportiva desde sus domicilios).

– Toma de temperatura de los deportistas (termómetro “sin contacto” tipo infrarrojos).

El club tendrá un termómetro y al entrar al COMPLEJO SE TOMA TEMPERATURA A TODOS.

 

– Limpieza del calzado con felpudo desinfectante al entrar a la instalación.

– Limpieza de pies con producto desinfectante antes de entrar descalzo a la sala de entrenamiento (“tatamis”).

– Entrada y salida escalonada por turnos o por diferentes accesos (si los hubiera).

La entrada escalonada se realizará durante los 5 minutos previos a la clase de judo.

 

Los pagos de las mensualidades se harán a través de transferencia, a ser posible no se pagará en metálico salvo causa de fuerza mayor.

 

Si hay que comentar algo al profesor (sensei) o este debe comentar algo a los padres o tutores legales del deportista, se hará telefónicamente o a través de whatsapp de forma privada.

2.2. Durante la sesión de entrenamiento.
Medidas obligatorias Medidas recomendadas
 

– No está permitida la presencia de público durante el entrenamiento (incluidos padres, tutores u otros familiares de los deportistas).

– Está prohibido compartir alimentos (comidas, bebidas…).

– Está prohibido compartir material sanitario o de protección (vendas, esparadrapo, rodilleras…).

– Está prohibido compartir ropa deportiva o similares.

– Cuando se realicen actividades con material estático, se deberá garantizar, además el respeto de una distancia mínima interpersonal de seguridad de dos metros. En aquellos casos en que no sea posible mantener dicha distancia, deberán ser adoptadas las medidas organizativas precisas para prevenir eventuales contagios, tales como la instalación de mamparas separadoras o el diseño de circuitos.

– Cada sesión de entrenamiento tendrá un grupo estable de deportistas. Cada grupo de deportistas deberá mantenerse durante, al menos, 15 días sin modificarse para asegurar el control en caso de un posible contagio. (Tras los 15 días, se podrá modificar el grupo y realizar nuevos agrupamientos, que se deberán mantener durante, al menos, otros 15 días).

 

 

– Como criterio general, se recomienda que los grupos de entrenamiento o actividad no superen los treinta deportistas por monitor o entrenador en instalaciones cubiertas, y de cuarenta en instalaciones al aire libre. La ocupación máxima permitida en cada sala se calculará a razón de tres metros cuadrados por persona sobre la superficie del espacio deportivo.

– Evitar, en la medida de lo posible, el uso de elementos o materiales compartidos.

– Dentro de cada grupo estable de entrenamiento se podrá establecer subgrupos (por ejemplo de 10 deportistas) que mantendrán el contacto en el entrenamiento exclusivamente entre ellos. En ese caso se debe delimitar en la instalación una zona para cada subgrupo que se mantendrá durante toda la sesión. Entre 2 zonas consecutivas debe existir un pasillo de separación de, al menos, 1,5 m. Los subgrupos se mantendrán durante periodos de 15 días como mínimo: después se podrán modificar y mantenerse en nuevos periodos de 15 días.

– Se debe evitar, en la medida de lo posible, el contacto entre el entrenador y los deportistas y mantener una distancia de, al menos, 2 metros.

– Siempre que sea posible, se procurará que las actividades se desarrollen sin contacto con otros grupos de la instalación (incluidas las entradas y las salidas).

2.3. Después de la sesión de entrenamiento.
Medidas obligatorias Medidas recomendadas
 

– Si en la misma jornada hay entrenamientos consecutivos con 2 o más grupos: separar al menos 5 minutos la salida del último alumno del 1er grupo con la entrada del primer deportista del 2º grupo.

 

– Deberá realizarse una limpieza y desinfección del material deportivo, asegurando que no hay transmisión cruzada entre las personas.

– Antes de entrar y al salir del espacio del espacio asignado de entrenamiento, deberá realizarse limpieza de manos con los hidrogeles que deberán estar disponibles en los espacios habilitados al efecto.

– Si las duchas son colectivas, se dispondrá de una de cada dos duchas, para asegurar que se respeta la distancia interpersonal. Esta medida no se aplicará en caso de duchas individuales.

– Es obligatorio el uso de calzado de agua en vestuarios y duchas. Es obligatorio el uso de calzado en los aseos.

– Salvo que sea posible la desinfección de las taquillas después de cada uso, estas permanecerán inhabilitadas.

– Lavado y desinfección de la ropa de entrenamiento.

 

– Entrada y salida escalonada por turnos o por diferentes accesos (si los hubiera).

 

– Si en la misma jornada hay 2 o más entrenamientos consecutivos con diferentes grupos: ventilación durante 5 minutos o/y limpieza de la instalación con nebulizador-pulverizador desinfectante (suelo, paredes, mobiliario y materiales fijos y móviles).

 

 

 

Lo indicado en color azul es lo propuesto por la federación como recomendado y que el club va a realizar.

 

Lo indicado en color rojo es aquello que el club va a realizar por su cuenta.

 

Lo indicado en color azul es información importante que debe realizarse para una adecuada puesta en práctica del plan de seguridad por el bien de todos los deportistas, entrenadores y familiares.

 

 

Aspectos generales del Plan Básico de Entrenamiento y del Plan de Contingencia

 

– La normativa del Plan Básico de Entrenamiento y del Plan de Contingencia están supeditados a las normas de las Administraciones competentes, que tienen autoridad y rango superior.

– Lo dictaminado en estos planes es de obligado cumplimiento para los clubes afiliados, entrenadores y árbitros colegiados y deportistas federados. Todos ellos han de tener licencia deportiva en vigor para la práctica en las instalaciones que hayan sido informadas a la Federación. No es aplicable a entrenadores no colegiados ni a los deportistas que participen en sus sesiones de entrenamiento (aunque entre ellos haya deportistas federados); tampoco será de aplicación para los clubes que no estén afiliados ni para los deportistas no federados (aunque estén entrenando junto a deportistas federados). En esos últimos casos no debe considerarse deporte federado.

– Ambos planes deben mantenerse hasta nuevas instrucciones o que la Administración dictamine un cambio en la normativa aplicable.

– Debido a la situación cambiante por la evolución de la pandemia provocada por el COVID19, ambos planes son revisables, modificables y actualizables en cualquier momento. Sus actualizaciones se publicarán en la web www.judomurcia.com y el primer modelo se comunicará a la Dirección General de Deportes y a los clubes para su difusión a entrenadores, árbitros y deportistas federados.

 

PLAN DE CONTINGENCIA

 

– Las medidas del Plan de Contingencia deben adoptarse de forma inmediata o, si no fuese posible, en el plazo más breve posible.

 

PLAN DE CONTINGENCIA
1. Contingencia detectada en los entrenamientos.
1.1. Contingencia detectada antes de la sesión de entrenamiento (entrada).
Si se detecta un deportista o entrenador con algún síntoma de enfermedad antes de la sesión de entrenamiento (por ejemplo, fiebre en una toma de temperatura):

– No se le permitirá la entrada al entrenamiento y se le instará a acudir e informar a los servicios médicos.

– Un responsable del club hará un seguimiento de la evolución del deportista y, si se confirmase el caso como positivo de COVID-19, se informará a la Federación.

– El deportista o entrenador no podrá reanudar los entrenamientos hasta no confirmar su estado de salud de forma positiva.

1.2. Contingencia detectada durante la sesión de entrenamiento.
Si se detecta un deportista o entrenador con algún síntoma durante la sesión de entrenamiento:

– Se le aislará de forma inmediata en un espacio determinado al efecto y se le proveerá de una mascarilla. En la sala de entrenamiento y en el espacio de aislamiento mencionado, se dispondrá de papeleras cerradas y con accionamiento no manual, para depositar paños y cualquier otro material desechable, que se deberán limpiar de forma frecuente, y, por lo menos, una vez al día. Asimismo, estas papeleras deberían contar con bolsa desechable que se cambie al menos una vez al día.

– Permanecerá acompañado en todo momento por una persona que dispondrá de una mascarilla o pantalla.

– Si se trata de un menor de edad, se dará aviso a sus padres o tutores legales.

– Se le instará a acudir e informar a los servicios médicos.

– Un responsable del club hará un seguimiento de la evolución del deportista o entrenador y, si se confirmase el caso como positivo de COVID-19, se informará a la Federación.

– El deportista o entrenador no podrá reanudar los entrenamientos hasta no confirmar su estado de salud de forma positiva.

– Se elaborará una lista de personas que hayan podido tener contacto con el presunto enfermo al objeto de controlar la trazabilidad. (A partir de los datos de las listas de control de asistencia de los deportistas y, si procede, del registro de limpieza de la instalación). Esta lista se pondrá a disposición de las autoridades deportivas y sanitarias.

– Un responsable designado por el club elaborará una lista de personas que hayan podido tener contacto con el presunto enfermo al objeto de controlar la trazabilidad (para ello se tendrá en cuenta los datos de las listas de control de asistencia de los deportistas y, si procede, del registro de limpieza de la instalación). Esta lista se pondrá a disposición de las autoridades deportivas y sanitarias.

1.3. Contingencia detectada o informada después de la sesión de entrenamiento.
Si se detecta o informa sobre un deportista o entrenador con algún síntoma con posterioridad a la sesión de entrenamiento:

– Se contactará con el deportista (o sus padres o tutores legales si es menor de edad) o entrenador y, en caso de no haber contactado con los servicios médicos, se le instará a acudir e informar a los servicios médicos.

– Un responsable del club hará un seguimiento de la evolución del deportista o entrenador y, si se confirmase el caso como positivo de COVID-19, se informará a la Federación.

– El deportista no podrá reanudar los entrenamientos hasta no confirmar su estado de salud de forma positiva.

2. En caso de contagio confirmado.
2.1. Contagio del entrenador
 

– El responsable del club informará a los servicios médicos (si procede) y a la Federación.

– Se informará a las personas (padres o tutores legales si son menores de edad) de los grupos con quienes haya tenido contacto de la evidencia de un caso para que realicen una vigilancia y seguimiento preventivo de salud.

– El entrenador no podrá reanudar los entrenamientos hasta no confirmar su estado de salud de forma positiva.

 

2.2. Contagio de un deportista.
 

– El responsable del club informará a los servicios médicos (si procede) y a la Federación.

– Se informará a las personas (padres o tutores legales si son menores de edad) de los grupos con quienes haya tenido contacto de la evidencia de un caso para que realicen una vigilancia y seguimiento preventivo de salud.

– El deportista no podrá reanudar los entrenamientos hasta no confirmar su estado de salud de forma positiva.

 

 

En Lorca a 6 de agosto de 2020

Luis Alberto González

Presidente de la Asociación de amigos del Judo: Judolorca